Presentan proyecto de ley para liberar a los niños de las drogas, castigar con rigor a los reincidentes y sancionar los ciberdelitos
Redacción
Con el concurso de los mandatarios locales, la Fiscalía presentó al Congreso de la República un proyecto en el que propone sancionar drásticamente a quienes induzcan a los niños al consumo de drogas y los instrumentalicen para el narcomenudeo, penaliza a los expendedores que intentan escudarse en la dosis de aprovisionamiento y propone redefinir el tratamiento penal de los reincidentes.
Los análisis de criminalidad realizados por la Fiscalía General de la Nación y el diálogo permanente con mandatarios municipales y departamentales, entre otras autoridades, evidenciaron un rezago en el tratamiento de varios fenómenos delincuenciales que aumentan en algunas zonas del país o mutaron y se valen de nuevas maniobras ilegales para dificultar su investigación y judicialización efectiva.
En respuesta a esa preocupación compartida, la Fiscalía elaboró y presentó ante el Congreso de la República un proyecto de ley que propone una revisión de la sanción penal sobre diversos comportamientos a los que recurre el delito, y dotar a los fiscales y demás autoridades de mejores herramientas para combatir la inseguridad.
La iniciativa está encaminada principalmente a liberar a los niños y adolescentes de las pretensiones del narcotráfico y mitigar el impacto que en la seguridad ciudadana han causado nuevas formas de criminalidad. La propuesta legislativa se concentra en cinco tipos de medidas.
MEDIDAS CONTRA EL TRÁFICO, MICROTRÁFICO Y NARCOMENUDEO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, PSICOTRÓPICAS O DROGAS SINTÉTICAS
Penalización del porte en exceso de la dosis de aprovisionamiento. La Fiscalía ha detectado que los traficantes portan pequeñas cantidades de sustancias fraccionadas y empacadas, y los jíbaros son confundidos fácilmente con personas que, en ejercicio de su libre desarrollo de la personalidad, consumen sustancias estupefacientes. Esta situación, en algunas oportunidades, implica que no sea posible judicializar a los expendedores de drogas y, en otras, que los procesos penales inicien contra de personas que simplemente están dedicadas al consumo.
La norma propone crear un estándar claro, según el cual la dosis de aprovisionamiento no podrá exceder del doble de la cantidad establecida como dosis personal para las sustancias reguladas en la Ley 30 de 1986, y en el reglamento adicional que expida el Consejo Nacional de Estupefacientes, respecto de las nuevas sustancias. Así, según la propuesta, será indefectiblemente judicializado quien porte el doble de la dosis mínima.
Circunstancias que ameritan una agravación punitiva en los delitos relacionados con la producción y el tráfico de drogas.
Frente al narcomenudeo, la Fiscalía considera que debería agravarse la sanción en circunstancias en las que se demuestre que una persona funge como cabecilla, coordinador o jefe de una red de tráfico local de drogas, y que debería ocurrir lo mismo para los extranjeros que pertenezcan a organizaciones narcotraficantes y para las personas que comercialicen drogas en medios de transporte y puestos de venta o recurran a caletas, entre otras modificaciones de vehículos naves o aeronaves para ocultar sustancias ilícitas. Cuando esto ocurra, las penas se duplicarán en el mínimo y se aumentarán en la mitad en el máximo.
Creación de herramientas jurídicas para la persecución del delito de tráfico de sustancias consideradas como nuevas drogas.
La iniciativa presentada por la Fiscalía al Congreso propone actualizar la legislación actual y adicionar al tipo penal de tráfico de estupefacientes, las nuevas sustancias, sus cantidades de circulación restringida y dosis mínima, con un mecanismo mediante el cual el Consejo Nacional de Estupefacientes contribuya a judicializar estas nuevas modalidades.
Engañar a la niñez para inducirlos al delito
El proyecto de ley busca sancionar drásticamente a quienes, a través de medios engañosos, suministren cualquier droga a menores de edad y para esos fines se ubiquen en entornos educativos o lugares de esparcimiento, parques y polideportivos, como una intención macabra para obtener nuevos ‘clientes’ y mejorar los dividendos ilegales.
El adulto que incurra en este tipo de conductas recibirá una pena de 10 a 20 años de prisión y la sanción podría aumentar (hasta 30 años) si la víctima es menor de 12 años de edad.
De esta manera, Fiscalía quiere contrarrestar modalidades como la detectada en Medellín, donde se constató que una estructura delincuencial entregaba gomas, dulces y chupos impregnados con LSD a los estudiantes de una colegio para crear una adicción temprana.
Tipificación del favorecimiento al tráfico y consumo de estupefacientes
Asimismo, se plantea la creación del delito: favorecimiento al tráfico y consumo de drogas. Esta definición permitirá actuar contra los encargados, administradores o dueños de espacios abiertos al público, escenarios y lugares de afluencia masiva, que toleren la venta de estupefacientes en las instalaciones. En estos casos, las penas serían de 4 a 8 años de prisión.
MEDIDAS CONTRA LA REINCIDENCIA CRIMINAL
El proyecto de ley propone que la reincidencia sea considerada como una causal especial de mayor castigo penal y que se convierta en un impedimento para conceder beneficios de prisión domiciliaria por tiempo cumplido de condena y el de libertad condicional. Además, solicita aplicar a los reincidentes sentenciados dentro de los 10 años anteriores a la nueva condena, la máxima proporción de la pena a imponer.
Fecha: 31 julio, 2018
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