El uso de la bicicleta, como medio de transporte es una realidad cada vez más visible en el país y por ello es necesario que todos conozcan sus normas y las sanciones. Igualmente, los motociclistas den conocer prohibiciones y recomendaciones para una conducción segura
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OSCAR ALVAREZ QUINTERO
Redacción Noticas al sur
Las motocicletas y bicicletas son vehículos, por lo tanto, sus conductores deben observar todas las normas de tránsito, cuya aplicación es uno de los principales elementos de su seguridad y de los demás usuarios de la vía pública.
Deben respetar, al igual que los otros conductores, las indicaciones de las señales de tránsito y las normas de comportamiento como está citado en el artículo 55 del régimen jurídico terrestre en Colombia el cual literalmente dice “Comportamiento del Conductor, Pasajero o Peatón. Toda persona que tome parte en el tránsito como conductor, pasajero o peatón, debe comportarse en forma que no obstaculice, perjudique o ponga en riesgo a las demás y debe conocer y cumplir las normas y señales de tránsito que le sean aplicables, así como obedecer las indicaciones que les den las autoridades de tránsito”. Por esta razón queremos explicar en su orden todo lo relacionado en el tema, recomendaciones y observaciones, como también las sanciones y amonestaciones a las que se pueden ver expuestos si incumplen alguna de estas normas.
El uso de la bicicleta como medio de transporte es una realidad cada vez más visible en el país. Miles de personas la utilizan no solo para ejercicio sino para transportarse a sus oficinas, colegios y universidades, ya en Neiva se ha visto este ejemplo empezando por el burgomaestre local quien ha incentivado ya varias jornadas en este medio.
Muchos colombianos ignoran que como conductores de bicicletas también tienen normas y obligaciones que cumplir ante las autoridades de tránsito. Te las presentamos en el siguiente artículo.
Normas que rigen el transporte de bicicleta en Colombia
En el Código de Tránsito Colombiano, se fijan las siguientes normas a cumplir por parte de los ciclistas. Estas son:
• Los conductores deben transitar por el lado derecho de las vías a una distancia no mayor a un metro de la acera u orilla.
• Nunca deben utilizar los carriles destinados al uso del transporte público.
• Los conductores y sus acompañantes tienen que vestir chalecos o chaquetas que los hagan visibles para los demás conductores, entre las 6 de la tarde y las 6 de la mañana o cuando las condiciones climáticas o ambientales dificulten su visibilidad.
• Si conducen varios ciclistas en grupo, tienen que ir uno detrás del otro.
• No deben sujetarse de otro vehículo o viajar cerca de otro de mayor tamaño que lo oculte de la vista de los demás conductores.
• Tienen prohibido cruzar por la acera, lugares destinados al tránsito de peatones y por aquellas vías prohibidas por los agentes de tránsito.
• Están obligados conducir en las vías públicas permitidas, y, si existen, en aquellas diseñadas para ello.
• Deben respetar las señales de tránsito y las normas y los límites de velocidad.
• Adelantar a otros vehículos por la derecha o entre vehículos que transiten por los respectivos carriles.
• Siempre tendrán que utilizar el carril libre a la izquierda del vehículo a sobrepasar.
• Si la bicicleta permite el tránsito de pasajeros, estos tienen que usar casco de seguridad, de acuerdo como lo fije el Ministerio de Transporte.
• No podrán transportar objetos que disminuyan su visibilidad o los incomoden en la conducción.
• Si se conduce en la noche, deben llevar prendidas una luz blanca en la parte delantera de la bicicleta y una luz roja en la parte trasera.
• Cuando se trate de ciclistas afiliados a las ligas de ciclismo o similares, cumplirán las normas que establezcan las organizaciones deportivas a cargo.
Señales básicas
Al andar por la calle, el ciclista debe utilizar ciertas señales para indicarle a los demás vehículos sus próximos movimientos. Algunas señales básicas son:
• Doblar a la derecha: Extender el brazo hacia la derecha.
• Doblar a la izquierda: Extender el brazo a la izquierda.
• Sigo derecho no voy a doblar: Estirar el brazo hacia arriba.
Ya conociendo el conjunto de normas que deben cumplir, ahora conoceremos a que sanción se está expuesto si se incumplen.
Artículo 7. De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 133, de la Ley 769 de 2002, el conductor de bicicleta o de triciclo, será sancionado con amonestación por la autoridad de tránsito competente y deberá asistir a un curso formativo dictado por la autoridad de tránsito y el incumplimiento a dicho curso, dará lugar a la sanción de multa equivalente a cinco (5) salarios mínimos diarios vigentes que equivale actualmente ($ 114.905), de conformidad con lo señalado en el Artículo 123 de la Ley 769 de 2002, cuando éste o su acompañante no usen el casco de seguridad en las condiciones previstas en esta disposición. Además el vehículo será inmovilizado.
Ya explicado lo concerniente a la bicicleta, seguiremos con las motocicletas, donde de una manera didáctica y explicita conocerán mediante este artículo la normas, prohibiciones y demás recomendaciones para una conducción más segura, como también las sanciones que aplican si se incumplen.
Casco protector.
Las estadísticas de accidentes de motociclistas muestran que las heridas de la cabeza son la causa más común de muertes, por consiguiente todo conductor y acompañante de motocicleta debe estar provisto de su respectivo casco de seguridad. Por otra parte esta obligación implica que el casco que se utilice tenga en su superficie el número de la placa del vehículo en el cual se transita, este aparte tiene un fundamento no en normas de seguridad vial sino de seguridad ciudadana.
Pasajeros o carga.
Los motociclistas no llevarán personas ni carga mayor a la capacidad de la motocicleta.
Luces.
En la parte delantera llevarán un farol de luz blanca que tenga un alcance de 100 metros, y en la parte posterior se deberá llevar una luz roja imprescindiblemente, como también las luces direccionales. “Para tener siempre en cuenta” Todo el tiempo que transiten por las vías de uso público, deberán hacerlo con las luces delanteras y traseras encendidas.
Grupos.
Está completamente prohibido transitar en grupos, debiendo hacerlo en columna de uno, excepto en los carriles destinados a su uso exclusivo.
Circulación.
Las motocicletas no podrán circular por las aceras o pasos peatonales.
Para adelantar.
Está prohibido a los motociclistas circular entre medio de los vehículos tratando de adelantarlos, todas las motocicletas deben circular detrás de los vehículos, dentro del carril respectivo y adelantar observando las normas respectivas.
Distancia.
Está completamente prohibido a los motociclistas circular muy cerca del vehículo que va delante, debiendo guardar las distancias de seguridad recomendable.
Acrobacias.
Está completamente prohibido a todos los motociclistas realizar actos de acrobacia o maniobras peligrosas en las vías públicas o sujetarse de otro vehículo para ser remolcado. (En este caso aplicara la inmovilización del velocípedo)
Otras observaciones.
El motociclista deberá observar: el combustible, el aceite del motor, los neumáticos y sistema de frenado, el largo de la cadena, luces y bocina en buenas condiciones, espejos retrovisores adecuados, piezas de sujeción del manubrio, estribos y soporte lateral en perfectas condiciones.
Asímismo, deberá tener en cuenta que necesita dominar el vehículo y conducir en posición correcta. Debe mantener la estabilidad, sujetando con firmeza las empuñaduras del manubrio, apretando ligeramente el tanque de combustible con las rodillas, afirmando los pies sobre los estribos.
Es obligatorio el uso del casco y anteojos protectores, y está prohibido utilizar auriculares y sistemas de comunicación de operación manual.
El uso de casco es de vital importancia ya que protege y amortigua el impacto de los golpes en la cabeza. Los guantes especiales ofrecen una considerable protección a las manos. Los pies y tobillos estarán, convenientemente protegidos, con el uso de botas de media caña con taco, que también evita que los pies resbalen de los pedales.
La Importancia de los cascos.
El uso de las motocicletas es muy amplio en todo el mundo. Diariamente millones de personas usan las motocicletas para transporte y recreación. Un gran número de motociclistas mueren o quedan permanentemente inhabilitados como resultado de un accidente. Muchas de estos daños pudieron haberse evitado o su severidad reducida usando una casco. El uso de cascos reduce notablemente el número de heridas en la cabeza cuando ocurre un accidente de motocicleta.
vale la pena destacar que para su circulación (de las bicicletas eléctricas), se deberá cumplir con las normas que determinan obligaciones generales para todo tipo de vehículo, es decir, estar matriculado, portar placas, ser conducido por una persona que posea licencia de conducción, quien deberá portar casco y chaleco, poseer SOAT (seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito), cumplir con las normas especiales para vehículos tipo motocicletas enunciadas con anterioridad y puede ser objeto de inmovilización.
Las multas para los motociclistas que incumplan algunas de las normas establecidas deberán asumir multas de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes que a la fecha es de $344.715, de igual manera en todas las infracciones que estén inmersas los velocípedos aplica la inmovilización.
Foto www.latercera.com
(Imágenes de apoyo tomadas de internet, fundamento normativo contemplado en el código nacional de tránsito ley 769 de agosto de 2002)