Desde el próximo 21 de junio y hasta el 4 de julio todos los municipios deberán notificar acontecimientos de afectación a la salud que se presenten durante las festividades.

Con la participación de todas las direcciones locales de salud, ESE municipales y alcaldías la Secretaría de Salud Departamental definió los lineamientos de inspección, vigilancia y control, para atender de manera oportuna los eventos de emergencia que registren en el desarrollo de las fiestas de San Pedro.
Las entidades territoriales conocieron de primera mano el plan de contingencia para el manejo de actividades con asistencia masiva de público, proceso liderado por la Secretaría de Salud Departamental.
El Comité de Vigilancia Epidemiológica Departamental, solicitó el reporte diario de las acciones que se emprenden desde cada municipio para mitigar las afectaciones a la salud.
Entre los eventos de notificación obligatoria se encuentran: intoxicaciones por alimentos, accidentes de tránsito, violencia de género, maltrato, trabajo infantil, abuso sexual, riñas intrafamiliares o callejeras.
“Es fundamental el compromiso de todas las entidades prestadoras y administradoras de los servicios de salud, debemos estar preparados para atender todos los eventos” afirmó Eduardo Mahecha, enfermero epidemiólogo de la Secretaría de Salud Departamental.
Recomendaciones
Mediante circular enviada a los alcaldes, secretarios de salud y directores locales de salud se orientan recomendaciones puntuales para garantizar respuesta inmediata a los espectadores.
Los organizadores de eventos tienen el deber de diligenciar la ficha de caracterización de la aglomeración de público emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Además, tendrán la responsabilidad de elaborar un plan de atención médica y primeros auxilios que contemple: brigadas de primeros auxilios, puesto de mando unificado, módulo de clasificación y estabilización de pacientes con la debida señalización e insumos para atención.
Así mismo, deberán coordinar la disponibilidad de ambulancias de traslado de atención básico y traslado de atención medicalizado. Estos vehículos deben contar con la habilitación del servicio y si proceden de otro departamento deberán solicitar habilitación en la Secretaría de Salud Departamental.
Para la atención de necesidades sanitarias los organizadores deberán instalar baños públicos portátiles con capacidad para 500 descargas.
Para la venta de alimentos y bebidas deberá indicarse el lugar de distribución, adicionalmente, para la recolección de residuos se deben disponer puntos ecológicos promoviendo el reciclaje.
Finalmente, la circular emitida define la obligatoriedad de reportar ante la Secretaría de Salud Municipal y Departamental y al Centro de Regulación de Urgencias y Emergencias del Huila, CRUEH, el listado de los pacientes atendidos en los eventos.


Fecha: