Autoridades sanitarias y de Policía sellan otros nueve expendios de carnes. En los operativos y actividades de Inspección, Vigilancia y Control se encontraron establecimientos no autorizados por la autoridad sanitaria para el ejercicio de expendio de cárnicos, conforme a los lineamientos del Decreto 1500 de 2007.
Redacción
En un trabajo coordinado de inspección, vigilancia y control entre salud ambiental y la Policía Nacional, se realizaron visitas de control y seguimiento al área de venta de carnes en la Central Minorista de Neiva, Mercaneiva, donde se encontraron locales funcionando sin la debida autorización sanitaria y por ende sin el cumplimiento de los requisitos sanitarios: evidenciándose una infraestructura en malas condiciones físicas con pisos agrietados, paredes con residuos de sangre, sin techo, sin iluminación, y sin abastecimiento de agua.
Estos hallazgos motivaron a las autoridades a la imposición de Medida Sanitaria de Seguridad de Clausura Total Temporal a 9 locales por el incumplimiento al Decreto 1500 de 2007; decomisándose además elementos utilizados para el desposte del producto cárnico, como troncos de madera, una práctica no autorizada por el gran riesgo de contaminación.
“Estamos realizando las visitas de seguimiento y control de Inspección, vigilancia y control- IVC a todos los establecimientos de Neiva que expenden productos cárnicos y sus derivados para consumo humano, verificando las condiciones sanitarias y cumplimiento de lo requerido en la norma sanitaria y Decreto 1500 de 2007, relacionado a procedencia legal de planta de beneficio autorizadas por el INVIMA, infraestructura, red de frío, plan de saneamiento básico con la calidad de agua, control de plagas, medidas de limpieza y desinfección, manejo de residuos, entre otros, pues nuestro deber es garantizar que los productos que se comercialicen a la comunidad se realicen en los términos de calidad e inocuidad”, indicó Yaneth Quintero Mallungo, Coordinadora de Salud Ambiental y Zoonosis.
Es claro, que conforme a las competencias del municipio, es garantizar la salud de la población neivana, con el cabal cumplimiento del Decreto 1500 de 2007, el cual para establecer el reglamento técnico a través del cual se crea el Sistema Oficial de Inspección, Vigilancia y Control de la Carne, Productos Cárnicos Comestibles y Derivados Cárnicos, destinados para el Consumo Humano y los requisitos sanitarios y de inocuidad que se deben cumplir en su producción primaria, beneficio, desposte, desprese, procesamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, expendio, importación o exportación.