Cuestionan proyecto piloto de oxigenación de El Quimbo

Cuestionan proyecto piloto de oxigenación de El Quimbo

En las pruebas piloto analizadas por la CAM y el ANLA, no se evidenció recuperar en forma constante la concentración del nivel de oxígeno en el recurso hídrico, establecido según la normatividad en mínimo 4 miligramos por litro.

La Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena CAM y la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales ANLA, luego de analizar el informe que presentó la compañía Emgesa sobre el proyecto piloto de oxigenación con el que se busca devolver la calidad del agua del río Magdalena, dieron a conocer que dicho proyecto no garantiza la recuperación de los niveles de oxígeno en el trayecto comprendido entre el sitio de descarga- píe de presa y la confluencia con el río Páez.
De acuerdo con el informe, de las pruebas piloto que se tienen hasta el 30 de mayo de 2016, no se evidenció lograr recuperar en forma constante la concentración del nivel de oxígeno a los límites tolerables establecidos en la normatividad, que es de mínimo 4 miligramos de oxígeno por litro.
Revisado el informe, no se incluyó un análisis basado en los resultados de los monitoreos fisicoquímicos e hidrobiológicos, efectuados desde la línea base del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo, ni de los monitoreos realizados por la compañía, de acuerdo con las obligaciones establecidas en la Licencia Ambiental, que comprenden desde el inicio de la construcción hasta el día de hoy, cuando el proyecto se encuentra en operación.
“Producto de la orden que impartió el Tribunal Administrativo del Huila mediante el cual Emgesa debía desarrollar un proyecto piloto que garantizará la recuperación de oxígeno disuelto en el trayecto comprendido entre el pie de presa y la zona de campamento pasando por la confluencia del río Páez, se solicitó a la CAM y al ANLA emitir un concepto relacionado con la propuesta que adelantó la compañía dentro del primer mes de la ejecutoria de esa providencia; producto de este ejercicio hicimos una reunión conjunta con la Agencia Nacional de Licencias Ambientales y la Corporación, se evalúo la información entregada por parte de Emgesa, desde luego con las respectivas visitas técnicas de campo, y se logró determinar que dentro del tramo comprendido entre el pie de presa y la zona de confluencia con el río Páez no se ha logrado recuperar en forma constante la concentración de oxígeno disuelto en el recurso hídrico a los niveles que establece la norma colombiana”, explicó Carlos Alberto Cuéllar Medina, director de la CAM.
Los resultados de estos análisis ya fueron reportados por parte de las dos autoridades al Tribunal Administrativo del Huila.

La evaluación
Al evaluar el informe de manera conjunta entre la CAM y el ANLA, se comprobó que este proyecto piloto no ha logrado de manera constante mejorar las condiciones del recurso hídrico entre el pie de presa y la desembocadura del río Páez con el río Magdalena, tramo que comprende cerca de un kilómetro. Además, no se evidencia un registro constante de los niveles de la calidad de agua reflejado en valores iguales o superiores a 4 miligramos de oxígeno disuelto por litro.
Los resultados arrojaron además que los niveles de calidad de agua se mejoran precisamente cuando la represa de El Quimbo no está generando energía.

Antecedentes
El 22 de febrero de 2016 el Tribunal Administrativo del Huila ordenó modificar la medida cautelar decretada a través del Auto del 17 de julio de 2015, en el sentido de permitir la generación de energía en el Proyecto Hidroeléctrico El Quimbo durante un lapso de 6 meses.
Dentro del mes siguiente a la ejecutoria de esta providencia Emgesa debía elaborar un proyecto que garantice la recuperación de los niveles de oxígeno en el trayecto comprendido entre el sitio de descarga, la confluencia del río Páez y aguas abajo del Campamento; a efectos de obtener que el agua sea compatible con la vida.
El proyecto debía ser presentado simultáneamente a la ANLA y a la CAM; quienes dentro del mes siguiente debían analizar conjuntamente la propuesta, hacer las observaciones, modificaciones o correcciones. Y una vez que se otorgara su aprobación, la compañía procederá a su ejecución.
Según estableció el Tribunal, en el evento de que no se logre recuperar la concentración del nivel de oxígeno a los límites tolerables, recobrará vigencia la cautela impuesta en el auto del 17 de julio de 2015.
foto www.elcolombiano.com

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