¿Hay marginación y discriminación a la vejez en Huila?

¿Hay marginación y discriminación a la vejez en Huila?

Promueven socialización de la Política Pública de Envejecimiento y Vejez con el propósito de lograr mayor compromiso de las comunidades en la protección de los adultos mayores y mitigar las condiciones de abandono.

Por iniciativa de la Gobernación del Huila, se desarrolla la presentación de la Política Pública de Envejecimiento Humano y Vejez, con el apoyo del Ministerio de Salud y Protección Social.
En atención al acelerado proceso de envejecimiento demográfico, la estrategia pretende crear reflexión en la población huilense, para emprender acciones tendientes a lograr un envejecimiento activo, y no dependiente del Estado.
“En poco tiempo, la cuarta parte de la población colombiana será mayor de 60 años, y debemos estar preparados para tener calidad de vida y bienestar”, indicó Josué Lucio Robles, coordinador del Grupo de Gestión Integral en Promoción Social del Ministerio de Salud.

Acciones de la Política
La Política beneficia a toda la población residente en Colombia, y de manera especial a las personas mayores de 60 años en condiciones de vulnerabilidad social, económica y de género.
Identifica, además, la necesidad de crear entornos favorables para mejorar las condiciones de vida en lo económico, político, social, cultural, espiritual y jurídico, garantizando mayor grado de bienestar y proyección hacia un envejecimiento activo.
Con la implementación del Modelo Integral de Atención en Salud, Mias, se promueve en el departamento del Huila la Atención Primaria en Salud, como una estrategia pertinente para mejorar las condiciones de acceso, oportunidad y calidad en la prestación de los servicios a las personas mayores.
De esta manera, la vejez se involucra en la agenda pública, exigiendo compromiso y participación de la comunidad, los cuidadores, las instituciones públicas y privadas.

Adulto mayor en Colombia
Anualmente, 9.000 adultos mayores sufren abandono por parte de sus familiares, mientras que la incapacidad de aportar económicamente para los gastos del hogar ha ocasionado marginación y discriminación.
Ante las constantes situaciones de vulnerabilidad, la Ley 1276 de 2009 autorizó a los entes territoriales a aplicar el cobro de la estampilla para el bienestar de la persona mayor, determinando que este recurso de recaudo obligatorio debe destinarse a programas de promoción y prevención en los Centros de Atención al Anciano.
“La respuesta institucional de implementar y destinar específicamente los recursos de la estampilla, debe estar acompañada de autocuidado y responsabilidad de la persona, de acciones familiares y apoyo comunitario”, enfatizó el Asesor del Ministerio de Salud y Protección Social.