Habrá restricción al funcionamiento de los establecimientos dedicados al expendio de licor.
Redacción
Mediante Decreto 646 del 6 de diciembre del año en curso, se reglamentaron las medidas para garantizar la convivencia y la seguridad ciudadana durante la temporada decembrina y de Año Nuevo, que comprende desde las fechas del viernes 7 de diciembre de 2018 hasta el martes 8 de enero de 2019.
Dentro de las medidas a resaltar, se prohíbe en toda la jurisdicción del municipio de Neiva la producción y el uso de la pólvora, con el fin de prevenir afectación a personas por su indebida manipulación. Solo se permitirá en espectáculos públicos que hayan solicitado el correspondiente permiso ante la Secretaría de Gobierno y que cumplan con los requisitos de ley.
En cuanto a los horarios de funcionamiento de los establecimientos dedicados al expendio de licor ubicados en las comunas 1, 2, 3, 4, 5, 6, y 7, se estableció su actividad comercial de la siguiente manera: Los días 24 y 31 de diciembre de 2018 y el 1 y 6 de enero de 2019, el horario será de 10:00 a.m. a 5:00 a.m. del día siguiente. Los demás días funcionaran de 10:00 a.m. a 2:00 a.m. del día siguiente.
En las comunas 8, 9 y 10, el horario será de 10:00 a.m. hasta la 1:00 a.m. del día siguiente, y los demás días de 10:00 a.m. hasta las 12:00 m. del día siguiente, indico el Secretario de Gobierno, Miguel Martin Moncaleano.