Radicados proyectos de Acto Legislativo para incorporar el Sistema Integral de Justicia, Verdad y Reparación a la Constitución.
Bogotá(SIG).
El Ministro de Justicia y del Derecho, Jorge Eduardo Londoño Ulloa, en compañía de los Ministros del Interior, Juan Fernando Cristo, y de Defensa, Luis Carlos Villegas, radicó los proyectos de Acto Legislativo que incorporan el Sistema Integral de Justicia, Verdad y Reparación a la Constitución Política.
El primero, acordado en las discusiones de La Habana, crea disposiciones transitorias para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera. El segundo obedece a una decisión unilateral del Gobierno, autoría es del Ministerio de Defensa, y crea disposiciones transitorias aplicables a los agentes del Estado en el marco del conflicto armado.
El proyecto de Acto Legislativo radicado por el Ministro de Justicia incorpora a la Constitución el Sistema Integral de Justicia, Verdad y Reparación y sus cinco componentes: 1. La Justicia Especial para la Paz; 2. la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición; 3. la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas; 4. Establece las medidas de reparación de las víctimas; y 5. Traza las garantías de no repetición.
El texto señala que la Comisión buscará esclarecer la verdad sobre lo ocurrido en el marco del conflicto armado, promover el reconocimiento de las víctimas y la convivencia en los territorios.
Por su parte, la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas va a dirigir, coordinar y contribuir a la implementación de acciones de búsqueda, localización, identificación y entrega de personas dadas por desaparecidas en el marco del conflicto armado. Tanto la Comisión como la Unidad son autónomas e independientes y extrajudiciales.
La Jurisdicción Especial para la Paz, componente de dicho sistema, se encargará de administrar justicia de manera autónoma y transitoria sobre las conductas cometidas en el marco del conflicto armado, en especial respecto a conductas consideradas como graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario o graves violaciones de los Derechos Humanos.
Esta jurisdicción entrará en funcionamiento a partir de la aprobación de este Acto Legislativo sin necesidad de ninguna norma de desarrollo.
Este proyecto señala que procederá la tutela contra las actuaciones u omisiones de la Jurisdicción Especial. Dichas acciones serán conocidas por el Tribunal para la Paz y podrán ser revisadas por la Corte Constitucional.
El proyecto establece que se podrán revisar, a petición del condenado, las sanciones de la Procuraduría o la Contraloría y las sentencias proferidas por otras jurisdicciones, pero solo por variación de la calificación jurídica, por aparición de nuevos hechos o cuando surjan pruebas no conocidas o sobrevinientes sobre conductas cometidas con ocasión del conflicto o en relación con él.
Se reitera en el articulado la obligación del Estado de garantizar el derecho a la reparación a las víctimas de graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario que hayan sufrido daños, individual o colectivamente con ocasión del conflicto armado.
La reparación será garantizada por el Estado de manera integral, adecuada, diferenciada y efectiva, priorizando la distribución de las medidas de reparación entre las víctimas, teniendo en cuenta el universo de víctimas del conflicto armado y buscando la igualdad en el acceso y la equidad en la distribución de los recursos disponibles, dando preferencia en la atención a los sujetos de especial protección constitucional.
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