El Distrito Militar N. 42 con sede en la ciudad de Neiva hizo un llamado a quienes desde el año 2005 a la fecha adelantaron los trámites para acceder a su libreta militar y aun no la han reclamado.
Se trata de ciudadanos que han hecho el respectivo trámite, pero luego no se remiten a reclamar su documento, acción que les puede acarrear inconvenientes, toda vez que el porte de la libreta, es el único instrumento que permite demostrar que el ciudadano ha definido su situación militar.
Así mismo, según la ley 48 de 1993 en su artículo 36 Presentación Tarjeta de Reservista o Provisional Militar. “Los colombianos hasta los 50 años de edad están obligados a presentar la tarjeta de reservista o provisional militar, para los siguientes efectos: Otorgar instrumentos públicos y privados ante notario, servir de perito en asuntos judiciales y civiles, registrar títulos profesionales y ejercer la profesión, celebrar contratos con cualquier entidad pública, cobrar deudas del Tesoro Público, ingresar a la carrera administrativa, obtener la expedición del pasaporte, tomar la posesión de cargos públicos o privados, obtener o refrendar el pase o licencia de conducción de vehículos, matricularse por vez primera en cualquier centro docente o de educación superior y obtener salvoconducto para el porte de armas de fuego.
Así mismo, la unidad militar recuerda que a través de la página www.libretamilitar.mil.co, los jóvenes pueden verificar su estado; allí podrán establecer si su libreta ya ha sido expedida, si se encuentra remiso o cual es la fecha de su próxima citación, entre otro tipo de trámites.
foto:www.ejercito.mil.co